RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.7. DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET O FACTURA ELECTRÓNICA | |
SECCIÓN 2.7.4. DE LOS PROVEEDORES DE CERTIFICACIÓN Y GENERACIÓN DE CFDI PARA EL SECTOR PRIMARIO | |
Liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario | 2.7.4.12 / RMF |
Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción IV y 29 Bis del CFF, cuando el PCGCFDISP entre en proceso de liquidación, concurso mercantil, o su órgano de dirección haya tomado acuerdo de extinción de la persona moral, deberá presentar el aviso a que se refiere la ficha de trámite 210/CFF “Avisos del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario”, contenida en el Anexo 1-A. | |
El PCGCFDISP, al día siguiente de haber presentado el aviso citado, deberá hacer del conocimiento de los prestatarios de sus servicios que ha iniciado su liquidación, concurso mercantil, o su órgano de dirección haya tomado acuerdo de extinción de la persona moral, a efecto de que los mismos estén en posibilidad de contratar a otro PCGCFDISP, u optar por alguna otra de las opciones de facturación existentes y deberá cumplir con la regla 2.7.4.11.,, fracción III, incisos a) y b) considerando para cumplir con los supuestos contenidos en los numerales 1 y 2 del inciso a), el tercer día posterior a su publicación en el Portal del SAT, como proveedor en proceso de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica de la sociedad y para efecto de cumplir con lo señalado en el numeral 3 del inciso a), el mes siguiente a aquel a la fecha de la presentación de su aviso. | |
Dentro del término de 72 horas posteriores a la conclusión del proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción jurídica de la persona moral, dicho proveedor deberá entregar al SAT la copia de los CFDI que haya generado y certificado y que estén pendientes de envío al SAT. | |
CFF 29, 29 Bis, RMF 2.7.4.11. | |
Correlación para Regla 2.7.4.12 / RMF | |