RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
| 2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
|---|---|
| CAPÍTULO 2.7. DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET O FACTURA ELECTRÓNICA | |
| SECCIÓN 2.7.1. DISPOSICIONES GENERALES | |
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Almacenamiento de CFDI | 2.7.1.1 / RMF |
| Para los efectos de los artículos 28, fracción I, apartado A y 30, octavo párrafo del CFF, los contribuyentes que expidan y reciban CFDI, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML. | |
| Lo establecido en la presente regla no será aplicable a los contribuyentes que utilicen el sistema de registro fiscal que refiere la regla 2.8.1.4. | |
| CFF 28, 30, RMF 2.8.1.4. | |
Correlación para Regla 2.7.1.1 / RMF | |