RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.4. DE LA INSCRIPCIÓN EN EL RFC | |
Procedimiento para la presentación del aviso cuando el contribuyente no proporcionó su clave en el RFC | 2.4.8 / RMF |
Para los efectos de los artículos 27, apartados A, fracción V y B, fracción IX del CFF y 28, segundo párrafo de su Reglamento, el aviso para informar que el contribuyente no proporcionó su clave en el RFC, la cédula de identificación fiscal o la constancia de situación fiscal se presentará a través del “DeclaraNOT en línea”, que se encuentra en el Portal del SAT, dentro del mes siguiente a la fecha de firma del instrumento de constitución emitido por fedatario público, seleccionando en el menú de la declaración, la opción “Avisos”, en “Tipo de informativa” la opción “Identificación de Socios o Accionistas”, el llenado se realizará de acuerdo con la “Guía de llenado del DeclaraNOT en línea”, que se encuentra contenida en el citado Portal, una vez que se envíe el aviso se generará el acuse de aceptación electrónico, el cual contendrá nombre y clave en el RFC del fedatario público, fecha y hora de presentación, el número de operación, ejercicio, tipo de declaración, periodicidad, medio de presentación y la operación que se informa; asimismo, se podrá obtener la reimpresión del acuse de aceptación electrónico a través del “DeclaraNOT en línea”, seleccionando la opción “Impresión de acuse”. | |
No será necesario que los fedatarios públicos presenten el aviso de “Identificación de Socios o Accionistas” señalado en el párrafo anterior, siempre que dejen constancia en su protocolo del hecho de haber realizado la solicitud de la clave en el RFC, la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro fiscal emitida por el SAT, sin que esta les haya sido proporcionada. | |
CFF 27, RCFF 28 | |
Correlación para Regla 2.4.8 / RMF | |