RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.3. DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES | |
Cumplimiento de la obligación de presentar aviso de compensación | 2.3.10 / RMF |
Para los efectos del artículo 23, primer párrafo del CFF, se tendrá por cumplida la obligación de presentar el aviso de compensación, cuando los contribuyentes presenten sus declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, a que se refieren las Secciones 2.8.1. y 2.8.3., en las que resulte saldo a cargo por adeudo propio y opten por pagarlo mediante compensación de cantidades que tengan a su favor, manifestadas en declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales correspondientes al mismo impuesto. | |
CFF 23, 31, RMF 2.8.1., 2.8.3. | |
Correlación para Regla 2.3.10 / RMF | |