Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.13. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
Formalización de la enajenación a plazos de los bienes embargados

2.13.15 / RMF

Para los efectos del artículo 110 del Reglamento del CFF, el pago a plazos de los bienes embargados, se formalizará una vez que se hayan cumplido con todos los requisitos establecidos en el CFF y su Reglamento para el pago a plazos, mediante convenio que celebre la autoridad con el postor ganador o comprador, en el que se especificará el monto y las fechas de vencimiento de cada uno de los pagos a realizar.
El cálculo de los pagos a plazos se realizará en los términos establecidos en el artículo 66-A, fracciones I y II del CFF.
Las causas de revocación de la autorización de pago a plazos y el orden de aplicación de los pagos efectuados se regirán por lo establecido en el artículo 66-A, fracciones IV y V del CFF.
En caso de incumplimiento se hará efectiva la garantía ofrecida.
CFF 66, 66-A, 141, RCFF 110

Correlación para Regla 2.13.15 / RMF