TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1-A, 3, 11, 14 y 15.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
---|---|
CAPÍTULO 2.11. PAGO A PLAZOS | |
Liberación de bienes embargados dentro del procedimiento administrativo de ejecución cuando se solicite la autorización de pago a plazos | 2.11.7 / RMF |
Para los efectos de los artículos 66-A, fracción III, primer párrafo, en relación con el 151-Bis, 152 y 156-Bis del CFF, los contribuyentes a los que la autoridad fiscal les haya embargado bienes, así como depósitos o seguros, a través del procedimiento administrativo de ejecución con anterioridad a la autorización del pago a plazos, podrán solicitar su liberación siempre que garanticen el interés fiscal, de conformidad con la ficha de trámite 134/CFF “Solicitud para el ofrecimiento, ampliación, sustitución de garantía del interés fiscal y solicitud de avalúo (en caso de ofrecimiento de bienes) o avalúo practicado por personas autorizadas”, contenida en el Anexo 1-A. Una vez que se encuentre constituida la garantía del interés fiscal a satisfacción de la autoridad, se liberarán los bienes embargados. ( Adicionado el 14/05/2025 ) | |
CFF 66-A, 151-Bis, 152, 156-Bis |