QUINTA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
| 11. DECRETOS, CIRCULARES, CONVENIOS Y OTRAS DISPOSICIONES | |
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| CAPÍTULO 11.18. DEL DECRETO POR EL CUAL SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES EN LOS POLOS DE DESARROLLO DE ECONOMÍA CIRCULAR PARA EL BIENESTAR, PUBLICADO EN EL DOF EL 04 DE JULIO DE 2025 | |
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Pago del impuesto por incumplimiento de los requisitos o revocación de la autorización para aplicar los estímulos fiscales | 11.18.2 / RMF |
| Para los efectos del artículo 9, tercer y quinto párrafos del Decreto a que se refiere este Capítulo y de los Lineamientos PODECIBI, los contribuyentes que hayan optado por aplicar los estímulos fiscales y hayan incumplido con los requisitos del mencionado Decreto y de sus Lineamientos, o bien, se les haya revocado la autorización en términos del Capítulo Décimo Primero de los Lineamientos PODECIBI, según corresponda, deberán cubrir el impuesto correspondiente a la diferencia entre el monto deducido conforme a los artículos 11 y 14 del referido Decreto y el monto que se debió deducir, en caso de no aplicar dichos estímulos fiscales, según corresponda, en términos de la Ley del ISR, para lo cual se deberá presentar la o las declaraciones complementarias correspondientes y realizar el pago respectivo, dentro del mes siguiente a aquél en que se dejen de cumplir los requisitos, o a la fecha en que se emita la resolución de incumplimiento de aquellos. ( Adicionado el 23/10/2025 ) | |
| Decreto PODECIBI DOF 04/07/2025 9, Lineamientos PODECIBI DOF 21/07/2025 | |