Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


11. DECRETOS, CIRCULARES, CONVENIOS Y OTRAS DISPOSICIONES
CAPÍTULO 11.1. DEL DECRETO QUE OTORGA FACILIDADES PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y AL VALOR AGREGADO Y CONDONA PARCIALMENTE EL PRIMERO DE ELLOS, QUE CAUSEN LAS PERSONAS DEDICADAS A LAS ARTES PLÁSTICAS, CON OBRAS DE SU PRODUCCIÓN, Y QUE FACILITA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS POR LA ENAJENACIÓN DE OBRAS ARTÍSTICAS Y ANTIGÜEDADES PROPIEDAD DE PARTICULARES, PUBLICADO EN EL DOF EL 31 DE OCTUBRE DE 1994 Y MODIFICADO A TRAVÉS DE LOS DIVERSOS PUBLICADOS EN EL MISMO ÓRGANO DE DIFUSIÓN EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2006 Y EL 5 DE NOVIEMBRE DE 2007
Obras de artes plásticas sorteadas y asignadas, no retiradas por entidades federativas, municipios o alcaldías

11.1.7 / RMF

Para los efectos de los artículos 7-B de la Ley del SAT y Octavo del Decreto a que se refiere este Capítulo, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías a los que se asignen obras de artes plásticas aceptadas como pago en especie, derivado del sorteo que realice el SAT, contarán con un año para su retiro de las instalaciones de la Subadministración de Pago en Especie, contados a partir de que se pongan a su disposición las citadas obras.
Las obras de artes plásticas que no sean recogidas dentro del plazo establecido en esta regla, serán reasignadas a las entidades federativas, a los municipios o las alcaldías mediante un nuevo sorteo que realice el SAT.
Ley del SAT 7-B, Decreto DOF 31/10/94 Octavo

Correlación para Regla 11.1.7 / RMF