Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.

Fecha Publicación : 28/12/2025

Vigente Apartir Del : 01/01/2026

Reglas de la Miscelánea Fiscal


1. DISPOSICIONES GENERALES
Anexos de la RMF

1.4 / RMF

Para los efectos de esta RMF, forman parte de la misma los siguientes Anexos:
I. Anexo 1, que contiene las formas oficiales fiscales.
II. Anexo 2, que contiene los trámites fiscales.
III. Anexo 3, que contiene la compilación de criterios sobre prácticas fiscales indebidas.
IV. Anexo 4, que señala las cantidades actualizadas establecidas en la LFD para 2026.
V. Anexo 5, que señala las cantidades actualizadas del Código Fiscal de la Federación.
VI. Anexo 6, que contiene el “Catálogo de Actividades Económicas”.
VII. Anexo 7, que contiene la compilación de criterios normativos fiscales.
VIII. Anexo 8, que señala las tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del ISR.
IX. Anexo 9, en el que se da a conocer la “Tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la Ley del ISR”.
X. Anexo 10, que señala las obligaciones y requisitos de los emisores de monederos electrónicos.
XI. Anexo 11, que contiene los catálogos de claves y marcas de tabacos labrados, otros productos que contengan nicotina y bebidas alcohólicas.
XII. Anexo 12, que señala los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal para pago de derechos.
XIII. Anexo 13, que señala las áreas geográficas para la preservación de flora y fauna silvestre y acuática.
XIV. Anexo 14, que contiene el listado de donatarias autorizadas.
XV. Anexo 15, que contiene disposiciones para efectos del ISAN.
XVI. Anexo 16, que contiene las ciudades que comprenden dos o más municipios, conforme al Sistema Urbano Nacional 2020, elaborado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Consejo Nacional de Población.
XVII. Anexo 17, que señala disposiciones aplicables a los Proveedores de Servicio Autorizado y los Órganos Certificadores de Juegos con Apuestas y Sorteos.
XVIII. Anexo 18, que contiene el dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED’2025) Tipo I.
XIX. Anexo 19, que contiene el dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED’2025) Tipo II.
XX. Anexo 20, que contiene disposiciones respecto de los Medios electrónicos.
XXI. Anexo 21, que señala las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos.
XXII. Anexo 22, que contiene los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos y de los certificados que se emitan.
XXIII. Anexo 23, que contiene las características que deben contener los dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina.
XXIV. Anexo 24, que se refiere a la contabilidad en medios electrónicos.
XXV. Anexo 25, que señala las cuotas actualizadas del IAEEH.
XXVI. Anexo 26, que se refiere a Códigos de Seguridad en cajetillas de cigarros.
XXVII. Anexo 27, que contiene las cuentas financieras reportables. FATCA Estados Unidos de América.
XXVIII. Anexo 28, que contiene las cuentas financieras reportables. CRS OCDE.
XXIX. Anexo 29, que contiene las disposiciones complementarias para los PCCFDI y los CFDI.
XXX. Anexo 30, que señala los domicilios de las Unidades Administrativas del SAT.
CFF 28, 31, 32, 33, 35, 81, 82, LISR 5, 121, 178, RCFF 45, RMF 3.5.8., 3.15.1.

Correlación para Regla 1.4 / RMF