RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
Para los efectos de los artículos 45 y 55 de la LISH y 30 de su Reglamento, en relación con las reglas 1.9., fracción XXV y 10.19., se dan a conocer las cuotas actualizadas del DEXPH y del IAEEH, conforme a lo siguiente:
Nota: Los textos y líneas de puntos que se utilizan en este Anexo tienen la finalidad exclusiva de orientar respecto de la ubicación de las cantidades y no crean derechos ni establecen obligaciones distintas a las contenidas en las disposiciones fiscales.
De conformidad con las cuotas establecidas en los artículos 45 y 55 de la LISH, conforme al artículo 30 de su Reglamento y la regla 10.19., se dan a conocer las cuotas actualizadas del DEXPH y del IAEEH, aplicables a partir del 1 de enero de 2025.
I. Durante los primeros 60 meses de vigencia de la Asignación | 1,820.72 pesos por kilómetro cuadrado |
II. A partir del mes 61 de vigencia de la Asignación y en adelante | 4,353.94 pesos por kilómetro cuadrado |
I. Durante la fase de exploración 2,374.84 pesos, y
II. Durante la fase de extracción 9,499.53 pesos.
Atentamente.
Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2024.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.