Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


4. REGÍMENES ADUANEROS.
CAPÍTULO 4.2. TEMPORAL DE IMPORTACIÓN PARA RETORNAR AL EXTRANJERO EN EL MISMO ESTADO.
Importaciones temporales por las que no sea necesario utilizar los servicios de agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal

4.2.15 / RGCE

Para los efectos del artículo 107, segundo párrafo de la Ley, tratándose de las importaciones temporales por las que no sea necesario utilizar los servicios de agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal y que no exista una forma oficial específica, se deberá presentar el formato A1 “Autorización de importación temporal”, contenido en el Anexo 1, manifestando la operación que se realiza.
Ley 106, 107, RGCE 1.2.1., Anexo 1

Correlación para Regla 4.2.15 / RGCE