Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


3. DESPACHO DE MERCANCÍAS.
CAPÍTULO 3.3. MERCANCÍAS EXENTAS.
Importación de bienes enviados por Jefes de Estado o Gobiernos extranjeros

3.3.7 / RGCE

Para los efectos del artículo 61, fracción XI de la Ley, quienes reciban mercancías remitidas por Jefes de Estado o Gobiernos extranjeros, deberán acreditar que cuentan con la previa opinión de la SRE, misma que anexarán al pedimento correspondiente, debiendo cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables. En estos casos, el agente aduanal tendrá derecho a una contraprestación de $450.00 (cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 m.n.) de conformidad con el artículo 160, fracción IX, último párrafo de la Ley.
Ley 61, 160

Correlación para Regla 3.3.7 / RGCE