Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


1. DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PREVIOS AL DESPACHO.
CAPÍTULO 1.4. AGENTES Y APODERADOS ADUANALES.
Dependientes comunes de Confederaciones y Asociaciones de agentes aduanales

1.4.5 / RGCE

Para los efectos del artículo 160, fracción VI de la Ley, las confederaciones y asociaciones que agrupen agentes aduanales, así como las asociaciones nacionales de importadores o exportadores que utilicen los servicios de apoderados aduanales, pondrán a disposición de los agentes y apoderados aduanales agremiados, un listado con los nombres de las personas que podrán actuar como dependientes que los auxilien conjuntamente en los trámites de todos los actos del despacho, para lo cual deberán registrarlos como sus dependientes ante la aduana de que se trate y tramitar el gafete de identificación que corresponda, en los términos de la regla 2.3.10.
Ley 160, Reglamento 218, RGCE 2.3.10.

Correlación para Regla 1.4.5 / RGCE