REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
1. DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PREVIOS AL DESPACHO. | |
---|---|
CAPÍTULO 1.4. AGENTES Y APODERADOS ADUANALES. | |
Autorización para actuar en aduanas adicionales a las de su adscripción y solicitud de readscripción | 1.4.1 / RGCE |
Para los efectos del artículo 161 de la Ley, los agentes aduanales, podrán solicitar autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, de conformidad con la ficha de trámite 8/LA “Autorización de aduana adicional a la de adscripción”, contenida en el Anexo 2. En ningún caso se podrá autorizar a un agente aduanal para que efectúe despachos en más de tres aduanas adicionales a la de su adscripción. | |
Para los efectos del artículo 161, tercer párrafo de la Ley, en los casos de supresión de alguna aduana, los agentes aduanales a ella adscritos o autorizados, podrán solicitar su readscripción, de conformidad con la ficha de trámite 9/LA “Autorización para la readscripción a aduanas suprimidas de agentes aduanales”, contenida en el Anexo 2, en dicha solicitud podrán solicitar autorización para actuar en una nueva aduana adicional, de conformidad con la ficha de trámite 8/LA “Autorización de aduana adicional a la de adscripción”, contenida en el Anexo 2. | |
Ley 161, RGCE 1.2.2., Anexo 2 | |
Correlación para Regla 1.4.1 / RGCE | |