Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


1. DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PREVIOS AL DESPACHO.
CAPÍTULO 1.1. DISPOSICIONES GENERALES.
Aportaciones voluntarias para mantenimiento, reparación o ampliación de la aduana

1.1.11 / RGCE

Para los efectos del artículo 202 de la Ley, los agentes aduanales, agencias aduanales, apoderados aduanales, importadores, exportadores, transportistas y demás personas relacionadas con el comercio exterior, podrán efectuar aportaciones voluntarias a las asociaciones civiles que se establezcan en cada una de las aduanas para llevar a cabo el mantenimiento, reparación o ampliación de las instalaciones de las mismas.
Las asociaciones civiles que se constituyan de conformidad con el párrafo anterior, deberán solicitar su registro, de conformidad con la ficha de trámite 1/LA “Registro de asociaciones civiles para el mantenimiento, reparación o ampliación de las instalaciones de las aduanas” contenida en el Anexo 2.
La asociación civil registrada, deberá constituir y administrar un fondo con las aportaciones voluntarias a que se refiere el primer párrafo de la presente regla, mismas que pondrá a disposición del titular de la aduana, el cual a su vez informará al Comité de Mejoras, de conformidad con la normatividad aplicable.
Ley 202, RGCE 1.2.2., Anexo 2

Correlación para Regla 1.1.11 / RGCE