REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
5. DEMÁS CONTRIBUCIONES. | |
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CAPÍTULO 5.2. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. | |
Mercancías no sujetas al pago del IVA (Anexo 27) | 5.2.3 / RGCE |
Para los efectos de los artículos 2o.-A, fracción I y 25, fracción III de la Ley del IVA, las mercancías que conforme a la Ley del IVA no están sujetas al pago de dicho impuesto en su importación, serán entre otras, las contenidas en el Anexo 27. | |
Cuando en el Anexo 27 no se encuentre comprendida la fracción arancelaria y, en su caso, el NICO en el que se clasifica la mercancía a importar y los importadores consideren que por la importación de dicha mercancía no se está obligado al pago del IVA, estos podrán formular consulta en términos de la regla 4.4.4. de la RMF. | |
Ley del IVA 2-A, 25, RGCE Anexo 27, RMF 4.4.4. | |
Correlación para Regla 5.2.3 / RGCE | |