Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


2. ENTRADA, SALIDA Y CONTROL DE MERCANCÍAS.
CAPÍTULO 2.3. RECINTOS FISCALIZADOS, FISCALIZADOS ESTRATÉGICOS Y MANIOBRAS EN EL RECINTO FISCAL.
Autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras

2.3.6 / RGCE

Para los efectos del artículo 14-C de la Ley, las personas morales interesadas en prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías dentro de los recintos fiscales, deberán solicitar autorización, de conformidad con la ficha de trámite 48/LA “Autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal”, contenida en el Anexo 2.
Ley 14-C, RGCE 1.2.2., Anexo 2

Correlación para Regla 2.3.6 / RGCE