Supuesto de aplicación:
Exportación de mercancías importadas con cuenta aduanera. Vigente hasta el 30 de Junio del 2002
Base Normativa:
Ley Aduanera: Artículo 85. Derogado (31/12/2000).
Reglamento L.A.: Artículos 117, 118, 119, 125.
Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior: 1.4.4, 1.4.13.
Particularidades:
Para las mercancías que originalmente se importaron para su transformación, elaboración o reparación (A2), cuyos componentes presentan componentes con cuenta aduanera y PITEX, deberán retornarse con un documento con clave S1.
Descargos: En el caso de exportación se deberá citar el documento de importación S1 o importación virtual V2.
Plazo : 18 Meses.