Supuesto de aplicación:
Extracción de mercancías en régimen de depósito fiscal en Local Destinado a Exposiciones Internacionales, para retornarse al extranjero. Este documento también se utiliza para la extracción del Local Autorizado para Exposiciones Internacionales, para transferirse a un Almacén General de Depósito. (retorno virtual de las mercancías al extranjero).
Base Normativa:
Ley Aduanera: Artículos 93, 120.
Reglamento L.A. Artículo 165, 166
Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior: 3.6.12, 3.6.19.
Particularidades:
El tipo de cambio será el declarado en el pedimento de importación a depósito fiscal.
Para el pago del DTA, se deberá declarar Cuota Fija establecida en la fracción VII inciso b) del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos.
Descargo: Se deberá citar el pedimento con el que la mercancía se destinó al régimen de Depósito Fiscal.