Supuesto de aplicación:
Esta clave de documento se utiliza por las empresas de la Industria Automotriz Autorizadas, para el Almacenamiento de mercancía bajo el régimen de Depósito Fiscal.
Base Normativa:
Ley Aduanera: Artículo 119, 121 fracción IV.
Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior: 3.6.9, 3.6.10, 3.6.21.
Otros: Manual de operación Aduanera V unidad y Normatividad emitida para la industria automotriz con oficio No. 326-SAT-142 del 14 febrero de 1999.
Particularidades:
El retorno al extranjero de los racks vacíos se deberá realizar con un documento clave H1 ó I1.
Las mercancías que se destinen a Depósito Fiscal con esta clave, se deben de extraer para mercado nacional con un documento clave F3.
Las mercancías que entran a depósito fiscal con esta clave se retornan al extranjero con un documento clave I1, si es que se transformaron, elaboraron o repararon, o con clave H1 si retornan en el mismo estado.
Se deberá declarar en el campo de observaciones, la momento de ingresar las mercancias al deposito fiscal, si el importe a pagar en el momento de la extracción se actualizará conforme al artículo 17-A del C.F.F o conforme a la variación cambiaria.