Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


6. ACTOS POSTERIORES AL DESPACHO.
CAPÍTULO 6.1. RECTIFICACIÓN DE PEDIMENTOS.
Rectificación para solicitar trato arancelario preferencial después de la importación de mercancías

6.1.4 / RGCE

Para los efectos de los artículos 36-A, fracción I, inciso d) y 89 de la Ley, cuando posterior al despacho aduanero se rectifique el pedimento con la finalidad de solicitar el trato arancelario preferencial de mercancías originarias de conformidad con los acuerdos comerciales o tratados de libre comercio de los que el Estado mexicano sea Parte y se encuentren en vigor, además de indicar en el bloque de identificadores la clave que corresponda conforme al apéndice 8, contenido en el Anexo 22, se deberá anexar al pedimento conforme lo señalado en la regla 3.1.31., la prueba de origen, la certificación de origen o el certificado de origen válido y vigente correspondiente.
Ley 36-A, 89, RGCE 3.1.31., Anexo 22

Correlación para Regla 6.1.4 / RGCE