Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexo 13.

Fecha Publicación : 27/12/2025

Vigente Apartir Del : 01/01/2026

Reglas Generales de Comercio Exterior


1. DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PREVIOS AL DESPACHO.
CAPÍTULO 1.6. DETERMINACIÓN, PAGO, DIFERIMIENTO Y COMPENSACIÓN DE CONTRIBUCIONES Y GARANTÍAS.
Devolución de las contraprestaciones señaladas en el artículo 16 de Ley

1.6.18 / RGCE

Para los efectos del artículo 16 de la Ley, las concentraciones de contraprestaciones hechas en la TESOFE que requieran ser devueltas, la autorización a la TESOFE de devolución de dichos recursos privados, cuando estos no hayan sido transferidos al fideicomiso No. 80386, la otorgará la Unidad de Administración y Finanzas de la ANAM, quien indicará el monto y número de cuenta bancaria del Fideicomiso para tal efecto.
Ley 16, CFF 2, 3

Correlación para Regla 1.6.18 / RGCE