Supuesto de
        aplicación: 
        Esta clave de
        documento se utiliza para extraer bienes del Régimen de Depósito Fiscal en Almacén
        General de Depósito para ser destinadas al régimen de importación temporal para
        transformación, elaboración o reparación por parte de Empresas Maquiladoras.  
        Base Normativa: 
        Ley Aduanera: Artículos 63-A,
        104,
        110, 108
        fracciones I y II, 119, 120, 122.
         
        Reglas
        de Carácter  General
        en Materia de Comercio Exterior: 3.3.27,
        3.3.6, 3.3.5,
        3.6.19. 
        Otros: Decreto para el fomento y operación de
        la industria Maquiladoras de Exportación publicado en el D.O.F el 1 de junio de 1998
        y sus reformas del 13 de noviembre de 1998, 30 de octubre de 2000, 31 de diciembre de
        2000. 
        Particularidades: 
        Las mercancías a las que se
        refiere el supuesto de esta clave de documento es a las que se refiere el Artículo 8
        fracción I y II del Decreto de
        Maquiladoras de Exportación.  
        El pago del D.T.A será la
        cuota fija establecida en el artículo 49
        fracción III de la Ley Federal de Derechos.  
        El tipo de cambio será el
        declarado en el pedimento de importación a depósito fiscal. Los impuestos al comercio
        exterior y el D.T.A. se deberán pagar actualizados conforme a la variación cambiaría o
        en términos del artículo 17-A del Código
        Fiscal de la Federación desde la fecha de entrada de la mercancía al territorio
        nacional, o al Almacén en caso de exportaciones, hasta la fecha de extracción de la
        mercancía, de acuerdo con el Artículo 120
        segundo párrafo de la Ley Aduanera y lo declarado en el pedimento de importación o
        exportación a depósito fiscal.  
        Esta clave puede utilizarse
        para los envases de mercancía que estén incluidos en el Programa de Maquila, y para su
        retorno se debe utilizar la clave de documento "J1".
         
        Las mercancías importadas
        temporalmente con esta clave podrán realizar un cambio de Régimen de Importación
        Temporal a definitiva con la clave de documento "F4"
        , siempre y cuando no esté vencido el plazo para su retorno. 
        Las
        mercancías que se importen con esta clave pueden ser objeto de
        transferencia a empresas que cuentes con programa o autorización por
        parte de la SE. realizando una exportación virtual con un pedimento "V1"
        de exportación. En tal caso el adquirente presentará el pedimento
        correspondiente de importación virtual, el cual será "V1".  
        Se deberá
        declarar el identificador correspondiente al almacén general de
        depósito con su complemento.  
        Descargo : Se deberá citar el pedimento con el que la mercancía se destinó
        al régimen de Depósito Fiscal.  
        Plazo : El plazo para
        consumibles y materias primas será de hasta 18 meses y hasta 2 años para contenedores y
        cajas de trailers.  
        
          
            Formas
            de Pago SAAIM3:  | 
            Importación  | 
            Exportación  | 
           
          
            I.G.I.(E):  | 
            0,5,12,13.  | 
               | 
           
          
            D.T.A.:  | 
            0,(1.76
            al millar)10,11,12  | 
               | 
           
          
            I.V.A.:  | 
            0
            (no aplica)  | 
             No Aplica  | 
           
          
            I.S.A.N:  | 
            0
            (no aplica)  | 
               | 
           
          
            I.E.P.S.:  | 
            0
            (no aplica)  | 
               | 
           
          
            CUOTAS
            COMP:  | 
            0
            (no aplica)  | 
               | 
           
         
          
        
          
          
            
              | 
                 Identificadores
                
                 
               | 
            
    
          
             Nivel
            Imp.
            
             
           | 
          
   Complemento
  
   
 | 
   Nivel
  Exp.
  
   
 | 
   Complemento
  
   
 | 
 
  | 
     PC Consolidado
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
     Vacío
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     MQ Maquiladora
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
     No. 
    Autorización de Programa
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     PP  PROSEC
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
     No. de Programa
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     FI  Factor
    de Actualización
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
     Factor de
    Actualización que se obtuvo aplicando el INPC
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     FV Variación cambiaria
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
     Factor de
    actualización con variación cambiaria
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     AG Almacén General de Depósito
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
     Clave de Almacén
    General de Deposito
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     AL  ALADI
    
     
   | 
  
     P
    
     
   | 
  
     Fecha 
    DOF que se publico el Acuerdo de ALADI o No. Constancia emitido por 
    SE 3.29.1
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     TL Tratados
    
     
   | 
  
     P
    
     
   | 
  
     Vacío
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     PS  PROSEC
    
     
   | 
  
     P
    
     
   | 
  
     No. Fracción e
    inciso  Ej.:  XX  c
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     UM Uso
    
     
   | 
  
     P
    
     
   | 
  
     A, H, I, O, V, T, S
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     ES Estado de la mercancía
    
     
   | 
  
     P
    
     
   | 
  
     N  
    p/ Nuevo U   p/ Usado R   
    p/ reconstruido
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     IC Empresa
    Certificada
    
     
   | 
  
     G
    
     
   | 
  
      Vació
    
     
     
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
  | 
     EB Tipo de Embalaje
    
     
   | 
  
     P
    
     
   | 
  
     Tipo de embalaje 
    
     
    1 Palets
    
     
    2 Contenedor de plástico
    
     
    3 Charolas
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
  
      
    
     
   | 
 
 
          
         
       |