Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A69-0304

 

Piedras Negras, Coahuila, a 23 de marzo de 2004.

 

ASUNTO:

Registro 512 de Descargos. (Boletín No. P-044).


A TODOS LOS USUARIOS:

Les comentamos que la Administración Central de Informática de la Administración General de Aduanas, emitió el Boletín No. P-044 el día 23 de marzo de 2004, que se refiere a lo siguiente:

Derivado de la validación de descargos en pedimentos de extracción de depósito fiscal en almacenes generales de depósito, la cual verifica que las cantidades descargadas en estos pedimentos sean congruentes con los saldos disponibles del pedimento A4 correspondiente, se han presentado múltiples consultas a la Administración Central de Informática, referentes a la información que debe declararse en los campos 9 " Unidad de medida original " y 10 " Cantidad de mercancía " del registro 512 de Descargos.

Por lo anterior, y con el fin de unificar los criterios señalados al respecto en los Manuales Técnico y de Registros, se comunica que las cantidades que se descargan del pedimento original, deberán ser declaradas en Unidades de Medida de la Tarifa (UMT).

Así mismo, se remite en archivo anexo las modificaciones hechas a dichos manuales al respecto.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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JLML.