Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A91-1204

 

Piedras Negras, Coahuila, a 29 de diciembre de 2004.

 

ASUNTO:

Importación definitiva de PICK UP'S (Boletín P-217).


A TODOS LOS USUARIOS:

Por este conducto les hacemos llegar el contenido del Boletín P-217 de fecha 28 de diciembre del presente año, emitido por la Administración Central de Informática de la Administración General de Aduanas, el cual se refiere a lo siguiente:

"En alcance al boletín No 300 del pasado 22 de Diciembre del presente, se informa que el día de hoy se publicó la modificación a la fracción III del artículo primero transitorio de la 5a Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior en los siguientes términos:

III. Lo dispuesto en la regla 2.6.14., de la presente Resolución que entrará en vigor el 11 de enero de 2005, con excepción del último párrafo de dicha regla que entrará en vigor el 1 de abril de 2005.

Por lo anterior, se informa que a partir del 11 de Enero de 2005, los Agentes Aduanales únicamente podrán realizar la importación definitiva de vehículos pick up's en su Aduana de Adscripción y en estas operaciones no será necesario la activación por segunda ocasión del mecanismo de selección automatizado."

Nota: cabe hacer mención que el Boletín No. 300 citado en el texto del Boletín P-217 se refiere en realidad al Boletín P-215 publicado en la Circular A54-1204 de fecha 22 de diciembre del presente año.

Sin otro asunto en particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.

    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

CCGR.