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Circular No. A48-1204
Piedras Negras, Coahuila, a 20 de diciembre de 2004. |
ASUNTO: |
Es importante cumplir con el trámite para obtener el certificado de la Firma Electrónica Avanzada. |
En alcance a nuestra Circular A33-1204, de fecha 13 de diciembre del año en curso, a través de la cual hicimos de su conocimiento lo dispuesto en el Boletín P-213, de fecha 10 de diciembre de 2004, respecto a la petición de la AGA a la Administración General Jurídica, de modificar el artículo 2o. Transitorio de la 3a. Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, vigentes, para prorrogar la obligación de los A.A. y sus mandatarios, Ap. Ad., etc, de obtener el Certificado de la Firma Electrónica Avanzada hasta el 31/03/2005, al respecto les recordamos que en dicho boletín se dió a conocer un listado de RFC's de Agentes y Apoderados Aduanales y Mandatarios, que aún no han realizado el trámite para obtener dicho Certificado como lo indica la regla 2.1.11., el cual encontrarán nuevamente anexo a la presente para su consulta. En virtud de lo anterior, los exhortamos de la manera más atenta para que cumplan con dicho requisito lo antes posible, aún y cuando exista la prórroga para su aplicación hasta el 01 de abril de 2005, ésto con la finalidad de que cuenten con dicho Certificado mucho antes de la fecha indicada y eviten saturaciones al efectuar el trámite en comento, que les ocasionen un incumplimiento de la referida disposición, en perjuicio de sus operaciones de comercio exterior. Por otra parte, no omitimos recordarles que las personas que ya tengan el Certificado de la FEA, podrán utilizarlo en la validación de pedimentos, la aceptación y/o rechazo electrónico del encargo conferido, el registro de mandatarios (SIREMA), etc., a partir del 05 de enero de 2005. Sin otro asunto en particular por el momento, quedo de Ustedes. Atentamente
CCGR. |