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Circular No. A58-0804
Piedras Negras, Coahuila, a 20 de agosto de 2004. |
ASUNTO: |
Se les recuerda que el próximo 24 de agosto de 2004, entrará en vigor la NOM-050-SCFI-2004, publicada en el D.O.F. del 01 de junio de 2004. |
En atención a lo señalado en la Circular A02-0601 de fecha 01 de junio de 2004, en la que les dimos a conocer los comentarios de la "Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004, Información comercial - etiquetado general de productos", misma que entrará en vigor a los 60 días después de su publicación, con excepción del inciso 5.2.2, literal a), segundo párrafo, el cual entrará en vigor dieciocho meses después de dicha publicación, les recordamos que en consideración a lo estipulado en el Artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el próximo 24 de Agosto del año en curso, entrará en vigor la Norma en comento, la cual tiene como objetivo establecer la información comercial que deben contener los productos de fabricación nacional y de procedencia extranjera que se destinen a los consumidores en el territorio nacional y establecer las características de dicha información. No omitimos recordarles, que hasta en tanto, la NOM-050-SCFI-2004, no se encuentre incluida en el Acuerdo de NOM's, la misma no será exigible en el punto de entrada al país; en este sentido, sabemos que la DGN ha señalado a la opinión pública que la COCEX, ya autorizó la modificación al citado Acuerdo, por lo que, próximamente será publicado en el D.O.F. Sin otro asunto en particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
JLML. |