Supuesto de
aplicación:
Este documento
se utiliza para la extracción de bienes sometidos al régimen de Depósito Fiscal en un
Almacén General de Depósito, para destinarlos al régimen de importación definitiva
para exportarse en su mismo estado, con pago en Cuenta Aduanera. También se utiliza este
documento para la exportación de los bienes importados con la clave "S4".
Base Normativa:
Ley Aduanera: Articulo 86, 120, 122.
Reglamento L.A. 117, 118, 119, 125.
Reglas de Carácter General en Materia de
Comercio Exterior: 1.4.2, 1.4.4, 1.4.13, 3.6.19.
Particularidades:
En el documento de exportación
se requiere citar los descargos del documento de importación, con clave "S4".
Se podrá optar por pagar las
Cuotas Compensatorias, Impuesto General de Importación e Impuesto al Valor Agregado
efectuando el depósito correspondiente con cargo a cuenta aduanera.
El tipo de cambio será el
declarado en el pedimento de importación a depósito fiscal. Los impuestos al comercio
exterior y el D.T.A. se deberán actualizar conforme a la variación cambiaría o en
términos del artículo 17-A del Código
Fiscal de la Federación desde la fecha de entrada de la mercancía al territorio
nacional, o al Almacén en caso de exportaciones, hasta la fecha de extracción de la
mercancía, de acuerdo con el Artículo 120
segundo párrafo de la Ley Aduanera y lo declarado en el pedimento de importación o
exportación a depósito fiscal.
Una vez realizada la
importación con esta clave de pedimento, la exportación se deberá realizar con la misma
clave de pedimento, citando como descargos la importación efectuada.
Se deberá declarar el
identificador correspondiente al almacén general de depósito con su complemento.
Descargo: Se deberá citar el
pedimento con el que la mercancía se destinó al régimen de Depósito Fiscal.
Plazo Máximo : 1 año
prorrogable por 2 años mas, previo aviso a la institución de credito, antes del
vencimiento.
Formas
de Pago SAAIM3: |
Importación |
Exportación |
I.G.I.(E): |
0,2,4,8,10,11,12 |
0,9 |
D.T.A.: |
0,10,11,12 |
0,10,11,12 (Cuota Fija) |
I.V.A.: |
0,4,10,11 |
0(no aplica) |
I.S.A.N. |
0, 10,11,12 |
0(no aplica) |
I.E.P.S.: |
0,8,10,11, |
0(no aplica) |
CUOTAS COMP: |
0,2,4,10,11,12 |
0(no aplica) |
Identificadores
|
Nivel Imp. |
Complemento |
Nivel Exp. |
Complemento |
PP PROSEC |
G |
No. de Programa |
|
|
FI Factor de
Actualización |
G |
Factor de Actualización que
se obtuvo aplicando el INPC |
|
|
FV Variación cambiaria |
G |
Factor de actualización con
variación cambiaria |
|
|
AG Almacén General de Depósito |
G |
Clave de Almacén General de
Deposito |
|
|
AL ALADI |
P |
Fecha DOF que se publico el Acuerdo de ALADI o No.
Constancia emitido por SE 3.29.1 |
|
|
TL Tratados |
P |
Vacío |
|
|
PS PROSEC |
P |
No. Fracción e inciso Ej.: XX c |
|
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UM Uso |
P |
A, H, I, O, V, T, S |
|
|
ES Estado de la mercancía |
P |
N p/ Nuevo U
p/ Usado R p/ reconstruido
|
|
|
GA Cuenta
Aduanera de Garantía |
P |
Vacío |
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|
EX Exención
de Cuenta de Garantía |
P |
Vacío |
|
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