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Depósito Fiscal en Almacén General de Depósito


S3

Exportación de Insumos mediante pago en Cuenta Aduanera
Vigentes hasta el 30 de Junio del 2002


Supuesto de aplicación:

Se utiliza este documento para la exportación de las mercancías Importadas con la clave "S3".

Base Normativa:

Ley Aduanera: Artículos 85 (derogado), 119, 120, 122.

Reglamento L.A. Artículos 117, 118, 125

Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior: 1.4.4, 1.4.13.

Particularidades:

Una vez realizada la importación con esta clave de pedimento, la exportación se deberá realizar con la misma clave de pedimento, citando como descargos la importación efectuada. Se deberá declarar en el campo correspondiente a la clave de almacén, el número autorizado al Almacén General de Depósito.

Descargo: Se deberá citar el pedimento con el que la mercancía se destinó al régimen de Depósito Fiscal.

Plazo Máximo : 18 Meses.

Formas de Pago SAAIM3:

Importación

Exportación

I.G.I.(E):

 

0,9

D.T.A.:

 

0,10,11,12 (Cuota Fija)

I.V.A.:

 

0(no aplica)

I.S.A.N.

 

0(no aplica)

I.E.P.S.:

 

0(no aplica)

CUOTAS COMP:

 

0(no aplica)


Identificadores

Nivel Imp.

Complemento

Nivel Exp.

Complemento

FI  Factor de Actualización

G

Factor de Actualización que se obtuvo aplicando el INPC

 

 

FV Variación cambiaria

G

Factor de actualización con variación cambiaria

 

 

AG Almacen Gral. de Depósito

 

 

G

Clave de Almacen Gral. de Deposito

TL  Tratados

P

Vacio