Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A49-1008

 

Piedras Negras, Coahuila a 31 de Octubre de 2008.  

 

ASUNTO:

Resolución que resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por Akra Polyester, S.A. de C.V., en contra de la resolución final del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado (5402.33.01), originarias de Corea y Taiwán, independientemente del país de procedencia.


A todos los usuarios:

La Secretaría de Economía, publicó de fecha 30 de octubre en el Diario Oficial de la Federación, la mencionada Resolución, misma que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Los detalles, los mencionamos a continuación:

Producto
Poliéster filamento textil texturizado
Fracción arancelaria
5402.33.01
País de origen
República de Corea y de Taiwán
Tipo de Resolución
Resolución que resuelve el recurso administrativo de revocación
Entrada en vigor
Al día siguiente de su publicación en el DOF.
Fecha de publicación
30 de octubre de 2008.
Resolución de la autoridad
  • Se confirma en todos sus puntos la resolución recurrida de fecha 04/07/2007, mediante la cual eliminaron las cuotas compensatorias definitivas impuestas mediante la resolución de fecha 22/06/2001
Antecedentes
  • Resolución de fecha 22/06/2001.- Se impusieron cuotas compensatorias en los siguientes términos:
  • Para las importaciones originarias de Corea 16.03%
  • Para las importaciones de Taiwán 11%

Sin otro particular por el momento, quedo de ustedes.

             Atentamente  

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