Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A41-1008

 

Piedras Negras, Coahuila a 24 de Octubre de 2008.  

 

ASUNTO:

Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.


A todos los usuarios:

La Secretaría de Economía publicó, en el Diario Oficial de la Federación, de fecha 24 de octubre de 2008. El mencionado  Decreto, entrará en vigor el día de su publicación  y concluirá su vigencia el 11 de diciembre de 2011, por lo que les recomendamos poner especial cuidado en la importación de productos textiles, en virtud de que los aranceles se están incrementando.

Para adecuar la política arancelaria y generar condiciones favorables que permitan a las empresas fortalecer su competitividad y reconvertirse para responder a las tendencias del mercado, así como contribuir a la integración de la cadena textil-vestido para alentar la inversión y preservar la planta productiva y el empleo, la Secretaría de Economía:

A continuación, de detallan algunas modificaciones.

  • Incrementa los aranceles de un 20% a un 35%, para algunos bienes de las partidas 30.05 y 34.06.
  • Para productos textiles de los capítulos 50 al 60 de la TIGIE (D.O.F. 18/06/2007), que tenían un arancel del 10% y 15%, se ve reflejado un incremento del 24%, respecto a más de 500 fracciones arancelarias aproximadamente:
  • Sólo dos fracciones arancelarias disminuyen su tasa ad-valorem: 2712.90.04 y 2712.90.99, del 7% a Ex.
Asimismo, les comentamos que algunos productos que se encuentran en el archivo precedente, son de los listados en los Anexos 1 y 2 del Acuerdo publicado de fecha 13 de octubre de 2008, derivado de la medida de transición impuesta a productos de la confección.

Por otra parte, se aplicará el arancel cupo de las mercancías comprendidas en algunas fracciones arancelarias de los capítulos 50 al 60 de la TIGIE, así como de otros capítulos tales como productos infantiles, biberones, portabebés y chupones, siempre que el importador cumpla con los lineamientos que expida la SE y cuente con un certificado de cupo expedido por la misma.
 


Sin otro particular por el momento, quedo de ustedes.

             Atentamente  

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