Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A33-1008

 

Piedras Negras, Coahuila a 22 de Octubre de 2008.  

 

ASUNTO:

Se dejan sin efectos los oficios-circular, mediante los cuales se exigían requisitos específicos a mercancía consistente en pacas de algodón comprimidas.


A todos los usuarios:

El SENASICA, mediante el Oficio BOO.01.01.02.03.-1377 de fecha 17 de octubre de 2008, deja sin efectos los Oficios No. BOO.01.01.02.01.-09503 de fecha 12 de septiembre de 2005 y BOO.01.01.02.03.-10455 de fecha 23 de septiembre de 2008, mediante los cuales se exigía que las pacas de algodón comprimidas a 380kgm3 vinieran en empaques nuevos que indiquen el nombre del producto que se está importando.

Lo anterior, debido a que dicha autoridad revaluó la información sobre las pacas de fibra y borra de algodón que se conforman por compactación, determinando que estas pacas NO ESTÁN SUJETAS A LOS REQUISITOS MENCIONADOS EN LOS CITADOS OFICIOS, no obstante, se reitera que al ingreso de la mercancía a territorio nacional, debe darse cumplimiento a los requisitos previstos en la NOM-044-FITO-1995.

En caso de que se les exija cumplir con los requisitos que se han dejado sin efectos con el presente oficio, les solicitamos que lo hagan de nuestro conocimiento a fin de darle seguimiento a su asunto con la autoridad central.

Sin otro particular por el momento, quedo de ustedes.

             Atentamente  

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JLML.