Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A18-1008

 

Piedras Negras, Coahuila a 15 de Octubre de 2008.  

 

ASUNTO: Medida de transición temporal sobre las importaciones de diversas mercancías originarias de la República Popular China (Boletín P-065).


A todos los usuarios:

Por este medio les damos a conocer el Boletín P-065 emitido por la AGA para informar que de conformidad con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 14 de octubre de 2008, del ACUERDO por el que se implementa una medida de transición temporal sobre las importaciones de diversas mercancías originarias de la República Popular China, a partir del día 15 de octubre se podrá declarar en los pedimentos la clave de contribución 20 MEDIDA DE TRANSICION, para señalar la tasa e importe a pagar por este concepto.

Asimismo, anexamos al presente el oficio No. 800-02-04-00-00-2008-12877 de fecha 14/10/2008, mediante el cual la Administración de Regulación Aduanera “4” solicita la modificación y publicación en el Diario Oficial de la Federación de los Anexos 1, 19 y 22 en sus apéndices 2 y 12 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Sin otro particular por el momento, quedo de ustedes.

             Atentamente  

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