Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A32-0507

 

Piedras Negras, Coahuila a 29 de mayo de 2007.

 

ASUNTO: Criterios de Validación (Boletín P-042).


A TODOS LOS USUARIOS:

Les damos a conocer el Boletín P-042 de fecha 25 de mayo del presente año emitido por la Coordinación de Soluciones de Negocios para Aduana de la AGCTI del SAT para informar que para la aplicación del estímulo fiscal por la importación de jugos, néctares y otras bebidas, de conformidad con el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas, publicado en el DOF el 19 de julio de 2006, deberá utilizarse la forma de pago 18 “Estímulo Fiscal”.

Para estos casos será exigible la declaración del identificador de caso EF “Estímulo Fiscal” a nivel partida, con nulo en sus complementos y la clasificación arancelaria deberá corresponder a las fracciones determinadas para este tipo de mercancías.

Sin otro asunto en particular, quedamos de ustedes.

             Atentamente

     

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