Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A18-0507

 

Piedras Negras, Coahuila a 16 de mayo de 2007.

 

ASUNTO: Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios a la Exportación (Boletín P-036).


A TODOS LOS USUARIOS:

Por este conducto les damos a conocer el Boletín P-036 emitido por la Coordinación de Soluciones de Negocios para Aduanas de la AGCTI del SAT para informar que la Administración Central de Operación Aduanera de la Administración General de Aduanas, solicitó a la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica a través de oficio 326-SAT-I-30730 de fecha 16 de mayo de 2007, modificar en la Primera Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007 (RCGMCE) el artículo Noveno con el objeto de adicionar un segundo párrafo al numeral 2, a efecto de establecer las claves de documento que deberán utilizar las empresas de maquila o PITEX que contaban con más de un programa por RFC y que la Secretaría de Economía les hubiera autorizado un Programa IMMEX, para quedar como sigue:

Noveno.- ………………………………………………………………………………

2. Las personas morales que a partir del 13 de noviembre de 2006 cuenten con un programa, deberán utilizar hasta el 30 de junio de 2007, los formatos, avisos, claves de pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras, para realizar sus operaciones, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2006.

Lo dispuesto en el párrafo anterior, también aplica para las maquiladoras o PITEX que tuvieron más de un programa por RFC y la SE les autorice un Programa IMMEX.

Por lo anterior, se hace de su conocimiento lo siguiente:

Personas morales que contaban con un solo programa antes del 13 de Noviembre de 2006 (pendientes de migrar y migrados uno a uno*)

Las personas morales que al 13 de Noviembre de 2006, contaban con un programa de maquiladora o PITEX, utilizarán a partir del 13 de noviembre de 2006 y hasta el 30 de Junio de 2007 los formatos, avisos, las claves de pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras o PITEX, según se trate, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de la presente Resolución.

Personas morales a las que se les autorice un programa IMMEX a partir del 13 de Noviembre de 2006. (nuevo).

Las personas morales que obtengan programa a partir del 13 de Noviembre de 2006, utilizarán a partir del 13 de noviembre de 2006 y hasta el 30 de Junio de 2007 los formatos, avisos, las claves de pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de la presente Resolución.

Personas morales que contaban con programas de Maquiladora y/o PITEX al amparo de un mismo RFC antes del 13 de Noviembre de 2006, y se les asigne un programa IMMEX (migrados varios programas a uno*).

Las personas morales que al 13 de Noviembre de 2006, contaban con más de un programa de maquiladora y/o PITEX, utilizarán a partir de la fecha entrada en vigor del Acuerdo a través del cuál se les asigna el número de programa IMMEX y hasta el 30 de Junio de 2007 los formatos, avisos, las claves de pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de la presente Resolución.

* Para efectos del SAAI se entiende por migrado, el cambio de programa de Maquiladora o PITEX a Programa IMMEX.

Para cualquier duda o comentario, favor de comunicarse con Teresa Macías Ortíz al (55) 5802-2211 teresa.macias@sat.gob.mx
 

Sin otro asunto en particular, quedamos de ustedes.

             Atentamente

     

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