A TODOS LOS USUARIOS:
Por este
conducto les damos a conocer el Boletín P-036 emitido por la
Coordinación de Soluciones de Negocios para Aduanas de la AGCTI del SAT para
informar que la Administración Central de Operación Aduanera de la
Administración General de Aduanas, solicitó a la Administración Central de
Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General
Jurídica a través de oficio 326-SAT-I-30730 de fecha 16 de mayo de
2007, modificar en la Primera Resolución de modificaciones a las Reglas de
Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007 (RCGMCE) el
artículo Noveno con el objeto de adicionar un segundo párrafo al numeral 2,
a efecto de establecer las claves de documento que deberán utilizar las
empresas de maquila o PITEX que contaban con más de un programa por RFC y
que la Secretaría de Economía les hubiera autorizado un Programa IMMEX, para
quedar como sigue:
Noveno.- ………………………………………………………………………………
2. Las personas morales que a partir del 13 de noviembre de 2006 cuenten
con un programa, deberán utilizar hasta el 30 de junio de 2007, los formatos,
avisos, claves de pedimento y los identificadores que correspondan a
maquiladoras, para realizar sus operaciones, establecidos en los Anexos 1 y
22, Apéndices 2 y 8 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio
Exterior para 2006.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, también aplica para las maquiladoras
o PITEX que tuvieron más de un programa por RFC y la SE les autorice un
Programa IMMEX.
Por lo anterior, se hace de su conocimiento lo siguiente:
Personas morales que contaban con un solo programa antes del 13 de
Noviembre de 2006 (pendientes de migrar y migrados uno a uno*)
Las personas morales que al 13 de Noviembre de 2006, contaban con un
programa de maquiladora o PITEX, utilizarán a partir del 13 de noviembre de
2006 y hasta el 30 de Junio de 2007 los formatos, avisos, las claves de
pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras o PITEX,
según se trate, establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de la
presente Resolución.
Personas morales a las que se les autorice un
programa IMMEX a partir del
13 de Noviembre de 2006. (nuevo).
Las personas morales que obtengan programa a partir del 13 de Noviembre de
2006, utilizarán a partir del 13 de noviembre de 2006 y hasta el 30 de Junio
de 2007 los formatos, avisos, las claves de pedimento y los identificadores
que correspondan a maquiladoras, establecidos en los Anexos 1 y 22,
Apéndices 2 y 8 de la presente Resolución.
Personas morales que contaban con programas de Maquiladora y/o PITEX al
amparo de un mismo RFC antes del 13 de Noviembre de 2006, y se les asigne un
programa IMMEX (migrados varios programas a uno*).
Las personas morales que al 13 de Noviembre de 2006, contaban con más de un
programa de maquiladora y/o PITEX, utilizarán a partir de la fecha entrada
en vigor del Acuerdo a través del cuál se les asigna el número de programa
IMMEX y hasta el 30 de Junio de 2007 los formatos, avisos, las claves de
pedimento y los identificadores que correspondan a maquiladoras,
establecidos en los Anexos 1 y 22, Apéndices 2 y 8 de la presente Resolución.
* Para efectos del SAAI se entiende por migrado, el cambio de programa de
Maquiladora o PITEX a Programa IMMEX.
Para cualquier duda o comentario, favor de comunicarse con Teresa Macías
Ortíz al (55) 5802-2211
teresa.macias@sat.gob.mx
Sin otro asunto en particular, quedamos de ustedes. |
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Atentamente

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