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Circular No. A21-1207
Piedras Negras, Coahuila a 13 de diciembre de 2007. |
ASUNTO: | Aviso importante respecto del trámite de los encargos conferidos vía electrónica. | ||
A TODOS LOS USUARIOS: Como tienen conocimiento en la pasada Cuarta Resolución de modificaciones a las RCGMCE para 2007 publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de noviembre de 2007, la Regla 2.6.17., fue modificada para establecer que los contribuyentes que cuenten con el certificado de firma electrónica avanzada (FEA o FIEL), deberán registrar electrónicamente ante la AGA el encargo conferido al Agente Aduanal, vía Internet ingresando a la página www.aduanas.gob.mx y llenando el formato denominado "Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo", misma que entró en vigor el 30 de noviembre de 2007. Por lo que a partir del 30 de noviembre de 2007 el trámite sólo será admitido por medios electrónicos. Ahora bien, no obstante que dicho trámite debe realizarse por medios electrónicos, se les recomienda por su seguridad jurídica que les soliciten a los importadores una copia del encargo conferido electrónico, toda vez que existe la obligación conforme a lo dispuesto en la fracción III del Artículo 59 de la Ley Aduanera, de enviar copia a los Agentes Aduanales del documento que compruebe el encargo conferido, debiendo estos últimos conservar dicha copia en su expediente para así continuar dando cumplimiento a lo señalado en el Artículo 162 fracción VII de la Ley Aduanera. Lo anterior, en tanto no existan los medios electrónicos de seguridad que acrediten el encargo conferido. Sin más por el momento, reciban un cordial saludo. Atentamente
JLML. |