Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A09-0807

 

Piedras Negras, Coahuila a 06 de agosto de 2007.

 

ASUNTO: Despacho de mercancía bajo el régimen de tránisto internacional de transmigrantes (Boletín P-061).


A TODOS LOS USUARIOS:

Por este conducto y en seguimiento a nuestro Circular No. A44-0707 de fecha 17/07/2007 respecto a los lineamientos que deberán observar los Agentes Aduanales que promueven el despacho de mercancías bajo el régimen de transito internacional conforme al numeral 3 de la regla 2.7.7., les damos a conocer el Boletín P-061 emitido por Soluciones de Negocios para Aduanas para informar que lo indicado en el 2do. Inciso del Apartado "Componente de estación de registro y verificación de identidad del RUT", respecto a la toma de huellas dactilares para el sistema de identificación automatizada (AFIS), será obligatorio a partir del próximo 1ro. de Octubre del año en curso.

Así mismo, se les recuerda que el Registro Único del Transmigrante (RUT) deberá de declararse en el campo del RFC del pedimento.

Sin otro asunto en particular, quedamos de ustedes.

             Atentamente

     

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