Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A50-1004

 

Piedras Negras, Coahuila, a 25 de octubre de 2004.

 

ASUNTO:

Acuerdo por el que se dan a conocer las modificaciones a los formatos indicados en el anexo único del Manual de procedimientos para la importación y exportación de vida silvestre, productos y subproductos forestales y materiales y residuos peligrosos, sujetos a regulación por parte de la SEMARNAT, publicado el 29 de enero de 2004.


A TODOS LOS USUARIOS:

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial de la Federación de hoy 25 de octubre de 2004, el Acuerdo citado al rubro que se refiere a lo siguiente:

CONSIDERANDOS.

El 29 de marzo de 2002 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales".

El 30 de diciembre de 2003 se publicó el "Acuerdo que modifica al similar que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la SEMARNAT".

El 29 de enero de 2004 se publicó el "Manual de procedimientos para la importación y exportación de vida silvestre, productos y subproductos forestales y materiales y residuos peligrosos, sujetos a regulación por parte de la SEMARNAT".

A fin de precisar al usuario interesado el contenido de los formatos del Anexo único del Manual antes referido se expide el Acuerdo de referencia.

Artículo Primero.- Se modifican los formatos del Anexo Unico del Manual de Procedimientos para la Importación y Exportación de Vida Silvestre, Productos y Subproductos Forestales y Materiales y Residuos Peligrosos, sujetos a regulación por parte de la SEMARNAT, publicado en el DOF el 29 de enero de 2004.

Artículo Segundo.- Para conocimiento de los interesados se dan a conocer los formatos relacionados con el Registro de Verificación de Recursos Naturales, Registro de Verificación de Inspección Industrial, Suspensión Temporal del Trámite, Registro de Verificación para Trámite Automatizado de Recursos Naturales, Registro de Verificación para Trámite Automatizado de Verificación Industrial, cuya regulación está a cargo de la SEMARNAT.

Los formatos a que se refiere el presente artículo serán obligatorios a partir de la fecha de entrada en vigor del presente instrumento.

El presente Acuerdo entrará en vigor mañana 26 de octubre de 2004.

Se adjunta documento que contiene los formatos de referencia para su consulta y aplicación.

Sin otro asunto en particular por el momento, quedo de Ustedes.


    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

 

JLML.