Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A17-1004

 

Piedras Negras, Coahuila, a 07 de octubre de 2004.

 

ASUNTO:

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE, originarias de China, independientemente del país de procedencia.


A TODOS LOS USUARIOS:

Les comento que hoy la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que se cita al rubro de la cual se destacan los siguiente puntos de interés.

Resolución.

1.- Se acepta la solicitud presentada por Industrias Tamer, S.A. de C.V., y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas, inclusive en ambos extremos, originarias de China, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 8425.42.02 o por la que posteriormente se clasifique, independientemente del país de procedencia o de que ingrese por otra fracción arancelaria, fijándose como periodo de investigación el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2003.

2.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 93 fracción V de la Ley de Comercio Exterior, la Secretaría podrá imponer una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar, en su caso, la cuota compensatoria definitiva a las importaciones efectuadas hasta por los cinco meses posteriores a la fecha de inicio de la investigación administrativa, si tales medidas procedieren y si se comprueban los supuestos descritos en dicho precepto.

3.- La presente Resolución entrará en vigor mañana 08 de octubre de 2004.

Sin otro asunto en particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

 

JLML.