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Circular No. A36-1104
Piedras Negras, Coahuila, a 17 de noviembre de 2004. |
ASUNTO: |
Próxima modificación al Acuerdo de Normas. Oficio No. 414.2004.07549 de fecha 24 de septiembre de 2004. |
Con referencia a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de fecha 04 de junio de 2004, de la NOM-121-SCFI-2004, industria hulera - cámaras para llantas neumáticas de vehículos automotores y bicicleta - especificaciones de seguridad y métodos de prueba. Al respecto, cabe mencionar que dicha publicación canceló a la NOM-121-SCFI-1996, industria hulera - cámaras para llantas neumáticas de vehículos automotores y bicicleta - especificaciones de seguridad y métodos de prueba, publicada el 11 de junio de 1997, la cual aún se encuentra contemplada en el "Acuerdo que identifica las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación en las que se clasifican las mercancías sujetas al cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en el punto de su entrada al país, y en el de su salida". Sobre lo anterior, les comunicamos que sabemos que se ha solicitado la actualización del Acuerdo en comento, a fin de que la NOM-121-SCFI-1996 sea sustituida por la NOM-121-SCFI-2004, toda vez que para que esta última resulte exigible, necesita estar contemplada en el multicitado Acuerdo. A lo que la Dirección de Política Arancelaria y de Regulaciones no Arancelarias, de la Secretaría de Economía, menciona que dicha solicitud ya ha sido presentada a la Comisión de Comercio Exterior (COCEX). Así mismo, indica que se ha presentado también la solicitud de que se actualice el Acuerdo antes citado, en el sentido de que los "balones para la práctica de juegos y deportes", no están comprendidos en la NOM-020-SCFI-1997, información comercial - etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales y materiales sintéticos o artificiales con esa apariencia, calzado, marroquinería, así como los productos elaborados con dichos materiales, si no que deben cumplir con la NOM-015-SCFI-1998, información comercial - etiquetado en juguetes. No
obstante, les mencionamos que se deberá seguir cumpliendo con la normatividad vigente,
hasta en tanto se modifique el Acuerdo de NOM's. Atentamente
JLML. |