|
Circular No. A51-0304
Piedras Negras, Coahuila, 17 de marzo de 2004. |
ASUNTO: |
Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en contra de la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, publicada el 12 de agosto de 2002. |
Hoy 17 de marzo de 2004, la Secretaría de Economía dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que se cita al rubro que se refiere al caso siguiente: Resolución final. El 12 de agosto de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, originarias y procedentes de los EUA, independientemente del país de procedencia. Monto de las cuotas compensatorias. Mediante la resolución a que se refiere el punto anterior, se impusieron las siguientes cuotas compensatorias definitivas:
Interposición del recurso de revocación. El 13 de noviembre de 2002, la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., interpuso ante la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, el recurso administrativo de revocación en contra de la resolución final a que se refiere el punto primero de esta Resolución. Resolución. Se confirma en todos sus puntos la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, originarias y procedentes de los EUA, independientemente del país de procedencia, publicada en el DOF del 12 de agosto de 2002. La presente Resolución entrará en vigor mañana 18 de marzo de 2004. sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
JLML. |