Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A51-0304

 

Piedras Negras, Coahuila, 17 de marzo de 2004.

 

ASUNTO:

Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en contra de la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, publicada el 12 de agosto de 2002.


A TODOS LOS USUARIOS:

Hoy 17 de marzo de 2004, la Secretaría de Economía dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que se cita al rubro que se refiere al caso siguiente:

Resolución final.

El 12 de agosto de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, originarias y procedentes de los EUA, independientemente del país de procedencia.

Monto de las cuotas compensatorias.

Mediante la resolución a que se refiere el punto anterior, se impusieron las siguientes cuotas compensatorias definitivas:

A. De 0 (cero) por ciento para las importaciones de manzanas de mesa provenientes de las empresas Price Cold Storage & Packing Company, Inc., en lo sucesivo Price Cold, y Washington Fruit and Produce Co., en lo sucesivo Washington Fruit, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la propia Resolución.

B. De 46.58 por ciento a las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, originarias de los EUA y provenientes de cualquier empresa exportadora distinta a las mencionadas, o bien que proviniendo de las empresas anteriores no sean de los huertos a los que compraron las mercancías durante el periodo investigado.

Interposición del recurso de revocación.

El 13 de noviembre de 2002, la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., interpuso ante la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, el recurso administrativo de revocación en contra de la resolución final a que se refiere el punto primero de esta Resolución.

Resolución.

Se confirma en todos sus puntos la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, originarias y procedentes de los EUA, independientemente del país de procedencia, publicada en el DOF del 12 de agosto de 2002.

La presente Resolución entrará en vigor mañana 18 de marzo de 2004.

sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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JLML.