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Circular No. A31-0304
Piedras Negras, Coahuila, 10 de marzo de 2004. |
ASUNTO: |
Extracto de la Resolución mediante la cual se cancela la patente de Agente Aduanal 792 y autorización número 3011 expedida a favor de Gloria Elena Candia Tovar. |
Les comento que este día, en el apartado de las publicaciones de la SHCP se observa que fue dado a conocer el extracto de la Resolución mediante la cual se cancela la patente de Agente Aduanal 792 y autorización número 3011 expedida a favor de Gloria Elena Candia Tovar, la cual se refiere a lo siguiente: Se transcribe el extracto de la Resolución de Oficio No. 325-SAT-V-E-9724 del 18 de diciembre de 2002, dictada en el expediente 47/165/AGJ/3011/2002, a través de la cual se cancela la patente aduanal 792 y autorización número 3011, expedidas a favor de Gloria Elena Candia Tovar, misma que quedó firme al no haber interpuesto ningún medio legal de defensa, según oficio 325-SAT-II-2b-(75)-3045 de 15 de enero de 2004. "En virtud de que la instrucción del expediente administrativo 47/165/AGJ/3011/2002, se originó debido a que al tramitar la agente aduanal Gloria Candia Tovar el pedimento de tránsito Internacional número 3011-7000095 de 13 de septiembre de 1997, se declararon datos inexactos, por lo que las contribuciones determinadas provisionalmente, se consideraron definitivas, considerándose que hubo una omisión de pago de Impuesto General de Importación de $142,594.00, según oficio 326-SAT-1731 de 18 de noviembre de 1999, conducta que actualizó la causal de cancelación de patente de agente aduanal prevista en el artículo 165, fracción VII inciso a) de la Ley Aduanera vigente en el mes de septiembre de 1997, se cancela la patente 792, autorización 3011, adscrita a la aduana de Puebla expedida a favor de Gloria Elena Candia Tovar." Lo anterior a fin de que se abstengan de realizar cualquier trámite aduanero con la persona de referencia. Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
JLML. |