Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A16-0304

 

Piedras Negras, Coahuila, 05 de marzo de 2004.

 

ASUNTO:

Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos mínimos para importar en el año 2004, dentro del arancel-cuota establecido en el TLCAN, frijol, excepto para siembra, originario de los E.U. A. y de Canadá (DOF 05 de marzo de 2004).


A TODOS LOS USUARIOS:

Hacemos de su conocimiento, que la Secretaría de Economía dio a conocer en el DOF de fecha 05 de marzo de 2004, el "Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos mínimos para importar en el año 2004, dentro del arancel-cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, frijol, excepto para siembra, originario de los Estados Unidos de América y de Canadá", mismo que entrará en vigor el día de su publicación y concluirá en su vigencia el 31 de diciembre de 2004.

El cupo en comento, es el que se detalla a continuación:

Fracción arancelaria Descripción País de origen Cupo mínimo * (toneladas)
0713.33.02
0713.33.03
0713.33.99
0713.33.03
0713.33.99
Frijol blanco
Frijol negro
Los demás,(frijol, excepto para siembra) Frijol blanco
Frijol negro
Los demás,(frijol, excepto para siembra)
Estados Unidos de América
Canadá
67196.239
2015.71

* Monto mínimo, que podrá ser incrementado conforme lo acordado en la Comisión de Comercio Exterior, hasta el monto necesario para cubrir la demanda nacional de este producto.

FORMA DE ASIGNACION

Se asignará de manera directa mediante el procedimiento de licitación pública.

BENEFICIARIOS

Las personas físicas o morales establecidas en México que cumplan con los requisitos que indiquen las bases.

OFERTA

La oferta deberá ser presentada en el Formato de Oferta para Participar en Licitaciones Públicas para Adjudicar Cupo para Importar o Exportar SE-03-011-3, adjuntando la documentación que corresponda conforme se señale en las bases de la licitación. La SE, a través de la DGCE, asignará los cupos a que se refiere este Acuerdo.

Para tal efectos, se realizarán dos rondas de licitaciones, mismas que a continuación les comentamos:

La primera el 2 de abril, licitándose 1/3 del cupo.

La segunda el 1 de junio o primer día hábil inmediato anterior, licitándose 2/3 del mismo cupo.

NOTA: Las convocatorias correspondientes se publicarán en el D.O.F. por lo menos 20 días hábiles antes de que inicie el periodo de registro y en ellas se establecerán las fechas en que se pondrán a disposición de los interesados las bases conforme a las que se regirán.

ASIGNACION

Demostrado el pago de adjudicación correspondiente del monto para importar dentro del arancel-cuota obtenido en la licitación pública, la SE, expedirá los certificados de cupo que correspondan, previa solicitud del interesado en el formato Solicitud de certificados de cupo (obtenido por licitación pública) SE-03-013-6.

El certificado de cupo deberá ser retornado a la oficina que lo expidió, dentro de los quince días siguientes al término de su vigencia.

VIGENCIA

La vigencia de los certificados de cupo será, para la primera ronda de licitaciones, al 31 de mayo de 2004 y para la segunda ronda, al 30 de septiembre de 2004.

FORMATOS

Los formatos señalados, estarán a disposición de los interesados en la DGCE, en las Representaciones Federales de la SE y en la página de Internet de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, en la dirección electrónica www.cofemer.gob.mx.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

JLML.