Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A85-0704

 

Piedras Negras, Coahuila, a 30 de julio de 2004.

 

ASUNTO:

Se ratifica que no se deberá actualizar el IVA, en las regularizaciones de mercancías (Regla 1.5.2).

Oficio No. 325-SAT-V-C-16207 de fecha 13 de julio de 2004.


A TODOS LOS USUARIOS:

Les damos a conocer que la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal, nuevamente ratificó el criterio en el que se estableció que tratándose de las regularizaciones de mercancías, no debe actualizarse el IVA, toda vez que implícitamente se está actualizando.

Dicho criterio, se ratifica para efectos de la actual Regla 1.5.2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2004.

Sin otro asunto en particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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JLML.