Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A80-0704

 

Piedras Negras, Coahuila, a 29 de julio de 2004.

 

ASUNTO:

ITN (Internal Transaction Number). Boletín P-144.


A TODOS LOS USUARIOS:

Se hace de su conocimiento que el día de hoy la Administración Central de Informática dio a conocer el Boletín P-144, del cual se informa lo siguiente:

Se hace de su conocimiento que el próximo 2 de Agosto del presente año se dará inicio a la prueba piloto en la Aduana de Mexicali respecto del ITN (Internal Transaction Number), el cual es el número con el cual se identifica la operación de exportación de la mercancía de los Estados Unidos de Norteamerica.

A lo anterior se puede mencionar que el ITN puede ser proporcionado de dos maneras:

"1. Electrónicamente en los archivos de validación de los pedimentos, y/o

2. Presentado por el transportista en los módulos de selección automatizada."

Es importante aclarar que en ambos casos es opcional proporcionar dicho número, y en el caso de que el mecanismo de selección automatizada le asigne reconocimiento aduanero a este tipo de operaciones donde se declaró y/o presentó el ITN, el sistema les dará prioridad de revisión.

Respecto de la Validación del ITN, se anexan Oficios 326-SAT-VI-B2.-46387 y 326-SAT-VI-B2.-46388 ambos de fecha 06 de Julio del año en curso, donde se informa la próxima publicación del Identificador "IT" y la modificación a los Anexos 1 y 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, respectivamente.

Así mismo se da a conocer la modificación al registro 507, donde se incorpora la validación del ITN quedando de la manera que a continuación se menciona, a lo cual se pide de favor preparar las modificaciones requeridas en los sistemas de elaboración de pedimentos, es:

"1.- Al campo 4 se le cambia el título “COMPLEMENTO DEL IDENTIFICADOR”, por el de “COMPLEMENTO 1”.

2.- Se agrega el campo 5, “COMPLEMENTO 2”.

Quedando de la siguiente manera:

507 IDENTIFICADORES A NIVEL PEDIMENTO

CAMPO
   
SINTAXIS LONGITUD
1 CLAVE QUE IDENTIFICA AL TIPO DE REGISTRO NUMERICO 3
2 NUMERO DE DOCUMENTO ASIGNADO POR EL AGENTE O APODERADO ADUANAL NUMERICO 7
3 CLAVE DEL IDENTIFICADOR ALFANUMERICO 3
4 COMPLEMENTO 1 ALFANUMERICO 1 a 20
5 COMPLEMENTO 2 ALFANUMERICO 1 a 30

A continuación se describe el procedimiento para la validación electrónica del ITN, es:

"Para indicar la declaración de una opción relacionada con el ITN se utilizará un registro 507, declarando el identificador IT en el campo 3 (Clave del identificador), la opción correspondiente en el campo 4 (Complemento 1) y el complemento de cada opción en el campo 5 (Complemento2).

Para la declaración de un ITN, se deberá declarar en el campo 4 la clave “ITN” y en el campo 5 el número ITN, el cual debe tener la siguiente estructura:

Xaaaammddnnnnnn
donde:
X, es la letra “X” mayúscula
aaaa, año a cuatro posiciones
mm, mes a dos posiciones
dd, día a dos posiciones
nnnnnn, entero de hasta seis posiciones

A continuación se muestran ejemplos de números de ITN:

ejemplo 1: X200407261234
ejemplo 2: X2004072612345
ejemplo 3: X20040726123456

En la siguiente tabla se muestra como debe declararse el registro 507 para los ejemplos anteriores:

Ejemplo Cve. de Identificador (campo 3) Complemento 1 (campo 4) Complemento 2 (campo 5)
1 IT ITN X200407261234
2 IT ITN X2004072612345
3 IT ITN X20040726123456

Ahora bien, respecto de la declaración de una Opción 4, se deberá declarar en el campo 4 la clave "OP4" y en el campo 5 se deberá declarar el número correspondiente a dicha opción, lo anterior como se muestra a continuación:

"ejemplo 1: NO SED REQUIRED –AES4-952563462-952849815

ejemplo 2: NO SED REQUIRED –AES4-95256346200-952849815

ejemplo 3: NO SED REQUIRED –AES4-952849815-95256346200

ejemplo 4: NO SED REQUIRED –AES4-95284981500-95256346200

ejemplo 5: NO SED REQUIRED AES OPT4 EIN 360267091 EIN 77119489500

ejemplo 6: NO SED REQUIRED AES OPT 4 95-284981500-952849815

ejemplo 7: NO SED REQUIRED AES OPT 4 952849815-95-284981500

ejemplo 8: NO SED REQUIRED AES OPT 4-76055412006-33-0240550"

A continuación, se muestra la forma en que se debe de declarar el registro 507 respecto de los ejemplos anteriores:

Ejemplo Cve. de Identificador (campo 3) Complemento 1 (campo 4) Complemento 2 (campo 5)
1 IT OP4 952563462-952849815
2 IT OP4 95256346200-952849815
3 IT OP4 952849815-95256346200
4 IT OP4 95284981500-95256346200
5 IT OP4 360267091-77119489500
6 IT OP4 95-284981500-952849815
7 IT OP4 952849815-95-284981500
8 IT OP4 76055412006-33-0240550

Es importante hacer mención que respecto de la tabla que se mostró anteriormente, el guión (-) es el único carácter especial que podrá ser utilizado en el campo 5 cuando se declare un número de Opción 4.

Respecto al In-bond (mercancía en tránsito por EU con destino a México), se deberá declarar en el campo 4 la clave "INB" y en el campo 5 el número de In-bond, el cual debe tener una de las dos estructruas que se muestran a continuación:

"a) Once caracteres, donde:
- el primero caracter es la letra “V”.
- el segundo caracter es alfanumérico (A-Z, 0-9)
- los nueve caracteres restantes son numéricos.

b) Nueve caracteres numéricos

A continuación se muestran ejemplos de números de In-Bond:

ejemplo 1: 123456789
ejemplo 2: VA123456789
ejemplo 3: V1234567890

En la siguiente tabla se muestra como debe declararse el registro 507 para los ejemplos anteriores:

Ejemplo Cve. de Identificador (campo 3) Complemento 1 (campo 4) Complemento 2   (campo 5)
1 IT INB 123456789
2 IT INB VA123456789
3 IT INB V1234567890

En cuanto a la Autodeclaración con valor menor o igual a 2,500 dólares, es importante señalar que se deberá declarar en el campo 4 la clave "MD2" y en el campo 5 el valor total de la factura o la suma del valor total de cada factura en el caso de que el pedimento ampare más de una factura, por lo que a continuación se muestran ejemplos de valores en el caso de autodeclaración con valor menor o igual a 2,500 dólares:

ejemplo 1: 1650
ejemplo 2: 3580
ejemplo 3: 10529

Por lo anterior, es de gran importancia mencionar que en el ejemplo 2 y 3 el valor excede los 2,500 dólares, debido a qe el valor declarado es la suma del valor total de más de una factura o dicho valor corresponde al total de una factura, pero en ésta no se excede de los 2,500 dólares por clasificación arancelaria, por lo que a continuación se muestra la forma de declarar el registro 507 respecto de los ejemplos anteriores:

Ejemplo Cve. de Identificador (campo 3) Complemento 1 (campo 4) Complemento 2 (campo 5)
1 IT MD2 1650
2 IT MD2 3580
3 IT MD2 10529

Cabe aclarar que se podrá declarar más de un registro 507 para las opciones ITN, Opción 4 e Inbond por pedimento, por lo que para la Autodeclaración con valor menor o igual a 2,500 dólares sólo podrá declararse un registro 507 por pedimento.

Por otra parte, respecto de la Captura del ITN en los módulos de selección automatizada de las aduanas fronterizas del norte del país, se deberá atender a lo siguiente:

"1. Presentación de un número ITN. En el caso de contar con el o los números de ITNs relacionados con el embarque, éstos deberán ser proporcionados al operador del módulo. Ver ejemplos de números ITN mencionados anteriormente en este mismo boletín.

2. Presentación de un número de In-bond. En el caso de contar con el o los números de In-bonds relacionados con el embarque, éstos deberán ser proporcionados al operador del módulo. Ver ejemplos de números de In-bonds mencionados anteriormente en este mismo boletín.

3. Presentación de un número de Opción 4. Para el caso de los embarques identificados con la Opción 4, se deberá de proporcionar al operador del módulo el número que identifica a dicha opción. Ver ejemplos de números de Opción 4 mencionados anteriormente en este mismo boletín.

4. Autodeclaración de embarque con valor menor o igual a 2500 dólares. Para el caso de los embarques identificados con valor menor o igual a 2500 dólares, se deberá de proporcionar al operador del módulo el valor total de la factura o la suma del valor total de cada factura en el caso de que la operación ampare más de una factura. Ver ejemplos en el caso de que se autodeclare la operación con valor menor o igual a 2500 dólares mencionados anteriormente en este mismo boletín."

A lo anterior se puede añadir que el o los números de ITN, números de Opción 4, números de Inbond y/o el valor total de las facturas y sus correspondientes códigos de barras (3 a 9), deberán ser proporcionados al operador del módulo en cualquiera de las siguientes opciones:

- En una hoja en blanco anexa al pedimento de importación.
- En el reverso del pedimento de importación.
- En las facturas, en el caso de consolidados.
- En cualquier documento anexo al pedimento de importación siempre y cuando sea visible para el operador del módulo.

Por último, una vez que se haya comprado el buen funcionamiento de la prueba piloto, se espera que sea implantada la validación y captura del ITN en todas las aduanas fronterizas del norte del país el próximo 9 de Agosto del presente año.

Sin otro asunto en particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

GETV.

Ver Circular A17-0904, A30-0904