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Circular No. A35-0704
Piedras Negras, Coahuila, a 15 de julio de 2004. |
ASUNTO: |
Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para internar a la Comunidad Europea en el periodo 1° de Julio de 2004 al 30 de Julio de 2005, huevo fértil libre de patógenos, algunos productos industrializados del huevo, flores frescas, jugo de naranja y ovoalbúmina, originarios de los Estados Unidos Mexicanos. |
El día de ayer Secretaría de Economía dio a conocer mediante el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mencionado al rubro, mediante el cual se dio a conocer lo siguiente: Por medio de la presente se dan a conocer los cupos para internar a los países de la Comunidad Europea en el periodo de Julio de 2004 a Julio de 2005, los cuales son los que a continuación se señalan:
Es necesario mencionar que los cupos de exportación serán aplicados mediante el procedimiento de asignación directa. Ahora bien, podrán solicitar la asignación de cupos las personas que se mencionan a continuación, lo anterior en base a los criterios que el mismo Acuerdo señala:
Respecto de las Solicitudes, se establecen que estas deberán presentarse en el formato SE-03-01-1 "Solicitud de asignación de cupo" en la Representación Federal de esta Secretaría que le corresponda. Una vez que el monto de la mercancía para internar a los países de la Comunidad Europea dentro de la preferencia establecida es asignado, la Secretaría de Economía, mediante la Representación Federal correspondiente, expedirá los certificados de cupo, lo anterior con previa solicitud del interesado en el formato SE-03-013-5 "Solicitud de certificados de cupo (obtenido por asignación directa)" a lo cual se deberá anexar el certificado de circulación EUR.1, debidamente requisitado, para su validación. Nota: Para obtener mayor información respecto del presente acuerdo se les recomienda verificar las publicaciones del Diario Oficial del día de ayer 14 de Julio de 2004. Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
GETV. |
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