Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A29-0704

 

Piedras Negras, Coahuila, a 12 de julio de 2004.

 

ASUNTO:

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-166-SCFI-2003, Seguridad al usuario-Chalecos antibalas-Especificaciones y métodos de prueba.


A TODOS LOS USUARIOS:

Les comentamos que la Secretaría de Economía, dió a conocer en el Diario Oficial de la Federación del día 12 de julio de 2004 el "Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-166-SCFI-2003, Seguridad al usuario- chalecos antibalas - especificaciones y métodos de prueba", el cual establece las especificaciones mínimas de seguridad en resistencia balística de los chalecos antibalas y los métodos de prueba que deben aplicarse para verificar dichas especificaciones, así como los requisitos de etiquetado de los mismos. Asimismo, aplica a los chalecos antibalas de fabricación nacional o importados que se comercializan dentro del territorio Mexicano.

Dentro de los puntos más importantes del mismo, se señalan los siguientes:

CLASIFICACION DE CHALECOS ANTIBALAS.

Los chalecos antibalas de protección personal, se clasifican en seis clases o tipos, según su nivel de protección de amenaza balística.

Nivel de protección I.- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas calibre .22 LRN (.22 de bala de plomo con punta redonda, etc).

Nivel de protección II-A.- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas de punta redonda con revestimiento de metal (FMJ RN) de 9 mm, etc.

Nivel de protección II (9 mm y .357 magnum).- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas de punta redonda con revestimiento de metal (FMJ RN) de 9 mm, etc.

Nivel de protección III-A.- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas de punta redonda con revestimiento de metal (FMJ RN) de 9 mm y contra balas de punta hueca semicubiertas (SJHP) .44 Magnum, etc.

Nivel de protección III.- El chaleco de este nivel, con placa, ofrece protección contra balas con revestimiento de metal (FMJ) de calibre 7,62 mm, etc.

Nivel de protección IV.- El chaleco de este nivel, con placa, ofrece protección contra balas con núcleo de acero templado (AP) calibre 7,62 mm, etc.

ETIQUETADO.

Cada panel balístico debe contar con una etiqueta que contenga en forma clara, legible y en idioma español, la siguiente información:

a) Nombre, domicilio y teléfono del fabricante y, en su caso, del importador.

b) Nivel de protección.

c) Talla, conforme al uso y la costumbre.

d) Número de lote.

e) Fecha de fabricación.

f) Fecha de etiquetado.

g) Designación del modelo.

h) Leyenda que identifique la superficie de contacto (por ejemplo: Este lado hacia el cuerpo).

i) Número de serie.

j) Instrucciones de cuidado.

k) Para los paneles balísticos de nivel de protección I, IIA y IIIA, deben contar con una leyenda que establezca que el panel balístico no es adecuado para proteger al usuario contra impactos de rifle y, si es aplicable, que no lo protege de armas blancas.

Esta leyenda de advertencia debe tener un tipo de letra al menos del doble del tamaño del resto de la información.

l) Contraseña oficial conforme a la NOM-106-SCFI-2000.

m) El fabricante debe indicar el periodo de vida útil de los paneles.

CHALECOS CON PANELES BALISTICOS NO REMOVIBLES.- Los chalecos antibalas con paneles balísticos que no se pueden remover, además de la etiqueta necesaria para el panel balístico, deben contar con una etiqueta en la funda exterior que indique que se cumple de conformidad con los requisitos para paneles balísticos.

CHALECOS CON PANELES BALISTICOS REMOVIBLES.- Los chalecos con paneles balísticos removibles deben contar con etiquetas en cualquier superficie externa de la funda, aun cuando la funda sea de una sola pieza, debe etiquetarse la parte interna anterior e inferior posterior de la funda.

Las etiquetas deben incluir la siguiente información:

a) Nombre y domicilio del fabricante y, en su caso, del importador.

b) Una leyenda que invite al usuario a conocer el nivel de protección.

c) Talla, conforme al uso y la costumbre.

d) Fecha de etiquetado.

e) Designación del modelo, indicando si es masculino o femenino.

f) Para paneles antibalas en donde la funda se extiende por más de 40 mm (1,5 in), en cintura o en hombros, la orilla del panel debe identificarse claramente en la funda mediante etiquetas de advertencia que señalen las áreas que carecen de panel balístico y que se asegure que el panel balístico no tenga movimiento dentro de la funda.

g) Instrucciones para el cuidado de la funda.

h) Número de serie.

i) Número de lote.

j) Fecha de fabricación.

EVALUACION DE LA CONFORMIDAD.

La evaluación de la conformidad del producto objeto del presente Proyecto, una vez que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación como norma definitiva, se llevará a cabo por personas acreditadas y aprobadas conforme a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.

Asimismo, cabe señalar que este Proyecto no es equivalente con ninguna norma internacional, por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

    Soporte Legal - Apta

JLML.