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Circular No. A29-0704
Piedras Negras, Coahuila, a 12 de julio de 2004. |
ASUNTO: |
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-166-SCFI-2003, Seguridad al usuario-Chalecos antibalas-Especificaciones y métodos de prueba. |
Les comentamos que la Secretaría de Economía, dió a conocer en el Diario Oficial de la Federación del día 12 de julio de 2004 el "Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-166-SCFI-2003, Seguridad al usuario- chalecos antibalas - especificaciones y métodos de prueba", el cual establece las especificaciones mínimas de seguridad en resistencia balística de los chalecos antibalas y los métodos de prueba que deben aplicarse para verificar dichas especificaciones, así como los requisitos de etiquetado de los mismos. Asimismo, aplica a los chalecos antibalas de fabricación nacional o importados que se comercializan dentro del territorio Mexicano. Dentro de los puntos más importantes del mismo, se señalan los siguientes: CLASIFICACION DE CHALECOS ANTIBALAS. Los chalecos antibalas de protección personal, se clasifican en seis clases o tipos, según su nivel de protección de amenaza balística. Nivel de protección I.- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas calibre .22 LRN (.22 de bala de plomo con punta redonda, etc). Nivel de protección II-A.- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas de punta redonda con revestimiento de metal (FMJ RN) de 9 mm, etc. Nivel de protección II (9 mm y .357 magnum).- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas de punta redonda con revestimiento de metal (FMJ RN) de 9 mm, etc. Nivel de protección III-A.- El chaleco de este nivel ofrece protección contra balas de punta redonda con revestimiento de metal (FMJ RN) de 9 mm y contra balas de punta hueca semicubiertas (SJHP) .44 Magnum, etc. Nivel de protección III.- El chaleco de este nivel, con placa, ofrece protección contra balas con revestimiento de metal (FMJ) de calibre 7,62 mm, etc. Nivel de protección IV.- El chaleco de este nivel, con placa, ofrece protección contra balas con núcleo de acero templado (AP) calibre 7,62 mm, etc. ETIQUETADO. Cada panel balístico debe contar con una etiqueta que contenga en forma clara, legible y en idioma español, la siguiente información:
CHALECOS CON PANELES BALISTICOS NO REMOVIBLES.- Los chalecos antibalas con paneles balísticos que no se pueden remover, además de la etiqueta necesaria para el panel balístico, deben contar con una etiqueta en la funda exterior que indique que se cumple de conformidad con los requisitos para paneles balísticos. CHALECOS CON PANELES BALISTICOS REMOVIBLES.- Los chalecos con paneles balísticos removibles deben contar con etiquetas en cualquier superficie externa de la funda, aun cuando la funda sea de una sola pieza, debe etiquetarse la parte interna anterior e inferior posterior de la funda. Las etiquetas deben incluir la siguiente información:
EVALUACION DE LA CONFORMIDAD. La evaluación de la conformidad del producto objeto del presente Proyecto, una vez que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación como norma definitiva, se llevará a cabo por personas acreditadas y aprobadas conforme a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento. Asimismo, cabe señalar que este Proyecto no es equivalente con ninguna norma internacional, por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
JLML. |