Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A63-0204

 

Piedras Negras, Coahuila, 28 de febrero de 2004.

 

ASUNTO:

Acuerdo por el que se fija el precio máximo para el gas licuado de petróleo al usuario final correspondiente al mes de marzo de 2004. (Diario Oficial de la Federación del 27 de febrero de 2004.


A TODOS LOS USUARIOS:

Les informamos que la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación del 27 de febrero de 2004, el "Acuerdo por el que se fija el precio máximo para el gas licuado de petróleo al usuario final correspondiente al mes de Marzo de 2004", el cual entrará en vigor el día 1o. de marzo de 2004.

Dicho Acuerdo señala en su artículo primero el precio máximo para el gas licuado de petróleo y para los servicios involucrados en su entrega al usuario final, correspondiente al mes de marzo de 2004, de acuerdo a las diferentes regiones establecidas.

Cabe destacar, que de conformidad con lo establecido por el artículo tercero del Acuerdo en comento, se reitera la mención de que, no se expedirán a particulares permisos previos de importación de gas licuado de petróleo a granel.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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JLML.