Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A58-0204

 

Piedras Negras, Coahuila, 26 de febrero de 2004.

 

ASUNTO:

Aceptación Electrónica de Encargo Conferido.    Boletín P-029.


A TODOS LOS USUARIOS:

Se hace de su conocimiento que la Administración Central de Informática dio a conocer el Boletín P-029 de fecha 24 de Febrero de 2004, mediante el cual se establece lo que a continuación se menciona:

A fin de que el Agente Aduanal cuente con una herramienta útil para aceptar el cargo conferido por el Importador a través de la Carta de Encomienda, lo anterior con base en el Artículo 59 de la Ley Aduanera, se ha creado un procedimiento el cual entrará en vigor a partir del 1° de Abril del presente año, es:

"1. El Agente Aduanal, deberá 'aceptar' el encargo conferido a través de la transmisión electrónica de registros diseñados para tal efecto.

Se anexa la versión 1.0 del Manual de registros para solicitud electrónica de actualización de información por parte de entidades externas, el cuál especifica el formato que deberán tener los archivos de transmisión entre los Agentes Aduanales y la Administración General de Aduanas. Dicho Manual incluye:

- Estructura de los Registros

- Nomenclatura del Archivo de Transmisión

- Nomenclatura del Archivo de Respuesta

2. Si por error es aceptado un encargo conferido que no procede, éste se podrá dar de baja en cualquier momento.

3. Si el Agente Aduanal no acepta el encargo conferido, no podrá realizar operación de comercio exterior del Importador."

Es importante señalar, que en caso de que surga cualquier duda o comentario, favor de comunicarse con Mónica González o Teresa Macías a los teléfonos que se mencionan a continuación: 9157-6711 ó 9167-6966.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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Ver Circular A47-0304