Apta Comercio Exterior

 

Circular No. A15-0204

 

Piedras Negras, Coahuila, 09 de febrero de 2004.

 

ASUNTO:

Vigencia de Gafetes del Representante Legal/Dependiente Autorizado.  
Boletín P-017


A TODOS LOS USUARIOS:

Les comento que mediante el Boletín No. P-017, la Administración Central de Informática de la AGA dio a conocer lo siguiente:

Por medio de la presente se les comunica que en base a la Regla 2.16.4 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior, la versión de SIRESI la cual permite declarar gafetes del Represetante Legal/Dependiente Autorizado que tengan vigencia de 2003 en la captura del Acta de Inicio de PAMA, ya se encuentra instalada a nivel nacional.

Ahora bien, es necesario señalar que lo anterior sólo podrá ser posible hasta la fecha que marca la citada regla, la cual es el 31 de Marzo de 2004, por lo cual se reitera la importancia de tramitar los gafetes correspondientes al 2004, a la brevedad posible.

Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.


    Atentamente

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